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Nuevo reglamento para ciclistas y el traslado de mascotas

Comprometidos con nuestros lectores, hace un tiempo dimos consejos para transportar a tus mascotas en tu vehículo, si te lo perdiste puedes dar click en este enlace para cuidar del bienestar de tu mascota.

Nuevo reglamento para ciclistas y el traslado de mascotas

Este 29 de julio pasado, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en conjunto con la CONASET lanzaron un nuevo reglamento que tiene por objeto establecer el equipamiento que deben utilizar los ciclistas y reglas que deben aplicarse sobre el traslado de nuestras mascotas, éste se confeccionó en base por la participación de más de 300 personas naturales y jurídicas.

Una de las regulaciones más interesantes es respecto al traslado de mascotas, el reglamento señala que lo siguiente:

  1. Pueden ser llevados mientras no perturben la maniobrabilidad ni visual del conductor.

  2. Las mascotas, para evitar ser perjudicados durante el trayecto, deberán ser trasladados en canastos, sillas o remolques que otorguen seguridad a través de arnés o elementos que no impliquen un daño al animal, además de mantenerlo sujeto al medio de transporte.

En el caso de los ciclistas, conductores de scooter, o cualquier vehículo de ciclos:

  1. Deben contar con un sistema de frenos óptimo.

  2. Huinchas o palcas retrorreflectantes.

  3. Focos de luz (incluso antes de la puesta de sol y cada vez que se requiera).

  4. Aparato que emita sonidos para alertar a los conductores.

  5. Casco, vestimenta o elementos que garanticen la seguridad y visibilidad en la vía.

  6. Estos puntos se suman también al momento de transportar mascotas.

Según palabras de la misma ministra Gloria Hutt señala que “la implementación de la Ley de Convivencia Vial busca consolidar un cambio cultural basado en el respeto entre todas las personas que comparten el espacio público y un apego a las normas de tránsito. Esto apunta a poner en una posición de igualdad a todos los medios de transportes y proteger a los usuarios más vulnerables que son peatones, ciclistas y motociclistas”.

El nuevo reglamento trae un nuevo estándar obligatorio en cuanto a la acreditación de las ciclovías:

  • Deben facilitar la convivencia entre los conductores de ciclos que lo utilicen.

  • Favorecer la intermodalidad con otros medios de transportes.

  • Deben vincularse con otras rutas o unir orígenes y destinos.

  • Contener señalización y demarcación legible.

  • Contar con una superficie cómoda, minimizando el tiempo de trayectos o conflictos entre usuarios.

  • Rutas directas.

  • Deben ser seguras

  • Atractivas, generando ambiente armónico con el entorno.

Sanciones:

La ley de convivencia vial establece como sanción a quienes incumplan con las normas establecidas en la ley como infracción menos grave conducir sin casco protector y otros elementos de seguridad arriesgan una multa entre 0.5 a 1 UTM.

Felipe Astudillo - Abogado Jefe

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